Micelio

Artículo 311

El Que Por Medio De Violencias, Amenazas O Engaños Impida U Hostilice La Publicación Y Libre Circulación De La Prensa Periódica, Incurrirá En Arresto De Uno A Seis Meses Y Multa De Veinte A Quinientos Pesos

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El que por medio de violencias, amenazas o engaños impida u hostilice la publicación y libre circulación de la prensa periódica, incurrirá en arresto de uno a seis meses y multa de veinte a quinientos pesos. CAPITULO VIII Delitos contra el sentimiento religioso y el respeto a los difuntos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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