Micelio

Artículo 311

El Que Por Medio De Violencias, Amenazas O Engaños Impida U Hostilice La Publicación Y Libre Circulación De La Prensa Periódica, Incurrirá En Arresto De Uno A Seis Meses Y Multa De Veinte A Quinientos Pesos

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El que por medio de violencias, amenazas o engaños impida u hostilice la publicación y libre circulación de la prensa periódica, incurrirá en arresto de uno a seis meses y multa de veinte a quinientos pesos. CAPITULO VIII Delitos contra el sentimiento religioso y el respeto a los difuntos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2300 de 1936