Micelio

Artículo 4

Pasados Sesenta Días Después De La Publicación En El Diario Oficial De La Propuesta Aceptada, Si No Se Hubiere Hecho Oposición, Se Procederá Inmediatamente Por El Ministerio A La Celebración Del Contrato Respectivo, Con Observancias De Las Preferencias Legales

Decreto 640 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Ley 14 de 19123

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Pasados sesenta días después de la publicación en el Diario Oficial de la propuesta aceptada, si no se hubiere hecho oposición, se procederá inmediatamente por el Ministerio a la celebración del contrato respectivo, con observancias de las preferencias legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 640 de 1923