Micelio

Artículo 56

Ley 9 de 1983 · Por la cual se expiden normas fiscales relacionadas con los impuestos de renta y complementarios, aduanas, ventas y timbre nacional, se fijan unas tarifas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las solicitudes para la obtención de las visas a que se refieren los ordinales 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 10, del articulo anterior y las que sean necesarias para la extensión de la permanencia de extranjeros en el país, aclaraciones o traslados de visas, definición de nacionalidad, expedición y prórroga de documentos de viaje con excepción de refugiados y asilados, deberán ser presentadas en formularios especiales que para el efecto distribuirá el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

El formulario tendrá un costo de diez dólares (US$ 10.00), que ingresarán al patrimonio del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Quedan exentas de este requisito las solicitudes para visa especial de residente y visa ordinaria otorgada con los auspicios del Comité Internacional de Migraciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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