Nomenclatura. El Gerente presentará para la revisión y aprobación de la Junta Directiva el proyecto de organización interna de la Zona Franca, pero la nomenclatura de las diferentes unidades o dependencias se ajustará a las siguientes normas
Las unidades de nivel directivo se denominarán subgerencias.
Las unidades que cumplan funciones de asesoría o coordinación se denominarán oficinas o comités y consejos, cuando incluyan personas ajenas al organismo.
Las unidades operativas, incluidas las que atienden los servicios administrativos internos, se denominarán divisiones o secciones y grupos. Excepcionalmente, en razón de la magnitud y naturaleza del trabajo, podrán crearse direcciones generales, integradas a su vez con divisiones o secciones y grupos.
Las unidades que se crean para el estudio o decisión de asuntos especiales se denominarán comisiones o juntas. CAPITULO IV Régimen jurídico de los actos y contratos