Micelio

Artículo 31

Nomenclatura

Decreto 2829 de 1974 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cúcuta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Nomenclatura. El Gerente presentará para la revisión y aprobación de la Junta Directiva el proyecto de organización interna de la Zona Franca, pero la nomenclatura de las diferentes unidades o dependencias se ajustará a las siguientes normas

1.

Las unidades de nivel directivo se denominarán subgerencias.

2.

Las unidades que cumplan funciones de asesoría o coordinación se denominarán oficinas o comités y consejos, cuando incluyan personas ajenas al organismo.

3.

Las unidades operativas, incluidas las que atienden los servicios administrativos internos, se denominarán divisiones o secciones y grupos. Excepcionalmente, en razón de la magnitud y naturaleza del trabajo, podrán crearse direcciones generales, integradas a su vez con divisiones o secciones y grupos.

4.

Las unidades que se crean para el estudio o decisión de asuntos especiales se denominarán comisiones o juntas. CAPITULO IV Régimen jurídico de los actos y contratos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2829 de 1974