Micelio

Artículo 169

Decreto 2550 de 1988 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

MODALIDADES. Incurrirá en prisión de uno (1) a cinco (5) años, quien

1.

Obligare al prisionero de guerra a combatir contra su país, o lo sometiere a maltratos físicos o morales, o lo despojare de sus pertenencias para apropiárselas.

2.

Despojare de sus pertenencias a los muertos en el campo de batalla.

3.

Usare indebidamente insignias, banderas o emblemas de la Cruz Roja o de organismos aceptados por el derecho internacional.

4.

Empleare armas prohibidas por el derecho internacional para hacer la guerra o llevarla adelante en contra del derecho de gentes. TITULO VIII DELITOS CONTRA LA EXISTENCIA Y SEGURIDAD DEL ESTADO CAPITULO I DE LOS DELITOS DE TRAICION A LA PATRIA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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