Micelio

Artículo 10

Poder Ejecutivo De La Union-Bogotá, 21 De Setiembre De 1882

Ley 89 de 1882 · Por la cual se determina el modo de imponer censos a perpetuidad sobre el Tesoro nacional a favor de los establecimientos de Beneficencia, Caridad e Instrucción Pública

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 10. Las Asambleas de los Estados en su legislacion determinarán lo conveniente para que las mandas, legados, fideicomisos &c. estatuidos á favor de los dichos establecimientos, reciban la proteccion y que, conforme á esta ley, se radique en el Tesoro nacional el producido de esas mandas ó donaciones &c.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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