Régimen de admisión temporal para perfeccionamiento activo . Es el régimenaduanero que permite el ingreso al Territorio Aduanero Nacional, con suspensión de derechos e impuestos a la importación, de mercancías destinadas a ser exportadas dentro de un plazo determinado, luego de haber sido sometidas a una operación de perfeccionamiento. La admisión temporal para perfeccionamiento activo podrá ser: I. Para transformación, elaboración, manufactura o procesamiento. II. Para reparación o acondicionamiento. Para acogerse a este régimen se deberá contar con registro aduanero previo de que trata el artículo 44 de este decreto, para la autorización del usuario del régimen y disponer de una instalación industrial.
Decreto 390 de 2016 →Vigente
Artículo 252
Régimen De Admisión Temporal Para Perfeccionamiento Activo
Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.