º . Modificar el literal a) del artículo 16 del Decreto 568 de 1996 así: Incluir en el Ministerio de Defensa una unidad ejecutora especial para el Comando General. Incluir en los órganos que tengan aportes de la Nación permitidos por las normas vigentes para las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta con régimen de aquellas, una. unidad ejecutora especial para cada una. Incluir dos unidades ejecutoras, una por cada una de las Cámaras que componen el Congreso de la República.
Decreto 2260 de 1996 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2260 de 1996 · por el cual se introducen algunas modificaciones al Decreto 568 de 1996.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.