Art. 5º Son empleados subalternos del Ministerio: 1º. El Subsecretario. 2º. Los Jefes de Sección. 3º. Los Subjefes de las secciones. 4º. El Inspector General de Obras públicas. 5º. El Director de Obras públicas. 6º. El Almacenista nacional. 7º. Los Oficiales y escribientes de las secciones. 8º. Los empleados del servicio de Obras públicas. 9º. El Portero.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.