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Artículo 1.1.3.1

Órganos De Asesoría Y Coordinación Desde El Sector Administrativo De Inclusión Social Y Reconciliación Se Ha Promovido La Creación De Los Siguientes Comités E Instancias De Asesoría, Coordinación Y Articulación: 1

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Órganos de asesoría y coordinación Desde el Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación se ha promovido la creación de los siguientes comités e instancias de asesoría, coordinación y articulación:

1.

Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación a las Víctimas. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 162, 164 y 165 de la Ley 1448 de 2011, el Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación a las Víctimas, es la máxima instancia de decisión del Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas, responsable de diseñar y adoptar la política pública en materia de atención, asistencia y reparación a víctimas, y materializar sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación integral.

(Ley 1448 de 2011, artículos 162, 164 y 165)

2.

Comité Directivo de la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial. Es la instancia máxima de planificación, decisión, orientación y evaluación de la operación del Sistema Nacional para la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial (Instancia de Dirección y Evaluación)

(Decreto 1894 de 2013, artículo 4°, numeral 2)

3.

Consejo Nacional de Política Social. Es el ente responsable de diseñar la política pública, movilizar y apropiar los recursos presupuestales y dictar las líneas de acción para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes y asegurar su protección y restablecimiento en todo el territorio nacional.

(Ley 1098 de 2006, artículo 206)

4.

Comisión Intersectorial de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS. Es responsable de la coordinación y orientación interinstitucional, la implementación, el seguimiento y la evaluación de la Red UNIDOS y como instancia de coordinación y orientación superior entre los diferentes sectores involucrados en el desarrollo de la misma, en el marco del componente de Promoción Social del Sistema de Protección Social.

(Decreto 4719 de 2010, artículo 1°, modificado por el Decreto 1595 de 2011, artículo 1°)

5.

Mesa de Equidad. Es la instancia de alto nivel, de carácter estratégico y de­cisorio, que tiene como objetivo establecer directrices para la reducción de la pobreza y la reducción de otras inequidades que limitan la inclusión social y productiva de la población.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 1.1.3.1. Órganos de asesoría y coordinación Desde el Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación se ha promovido la creación de los siguientes comités e instancias de asesoría, coordinación y articulación:

1.

Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación a las Víctimas. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 162, 164 y 165 de la Ley 1448 de 2011, el Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación a las Víctimas, es la máxima instancia de decisión del Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas, responsable de diseñar y adoptar la política pública en materia de atención, asistencia y reparación a víctimas, y materializar sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación integral.

(Ley 1448 de 2011, artículos 162, 164 y 165)

2.

Comité Directivo de la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial. Es la instancia máxima de planificación, decisión, orientación y evaluación de la operación del Sistema Nacional para la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial (Instancia de Dirección y Evaluación)

(Decreto 1894 de 2013, artículo 4°, numeral 2)

3.

Consejo Nacional de Política Social. Es el ente responsable de diseñar la política pública, movilizar y apropiar los recursos presupuestales y dictar las líneas de acción para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes y asegurar su protección y restablecimiento en todo el territorio nacional.

(Ley 1098 de 2006, artículo 206)

4.

Comisión Intersectorial de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS. Es responsable de la coordinación y orientación interinstitucional, la implementación, el seguimiento y la evaluación de la Red UNIDOS y como instancia de coordinación y orientación superior entre los diferentes sectores involucrados en el desarrollo de la misma, en el marco del componente de Promoción Social del Sistema de Protección Social.

(Decreto 4719 de 2010, artículo 1°, modificado por el Decreto 1595 de 2011, artículo 1°)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 1.1.3.1. Órganos de asesoría y coordinación Desde el Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación se ha promovido la creación de los siguientes comités e instancias de asesoría, coordinación y articulación:

1.

Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación a las Víctimas. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 162, 164 y 165 de la Ley 1448 de 2011, el Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación a las Víctimas, es la máxima instancia de decisión del Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas, responsable de diseñar y adoptar la política pública en materia de atención, asistencia y reparación a víctimas, y materializar sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación integral.

(Ley 1448 de 2011, artículos 162, 164 y 165)

2.

Comité Directivo de la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial. Es la instancia máxima de planificación, decisión, orientación y evaluación de la operación del Sistema Nacional para la Política Nacional de Consolidación y Reconstrucción Territorial (Instancia de Dirección y Evaluación)

(Decreto 1894 de 2013, artículo 4°, numeral 2)

3.

Consejo Nacional de Política Social. Es el ente responsable de diseñar la política pública, movilizar y apropiar los recursos presupuestales y dictar las líneas de acción para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes y asegurar su protección y restablecimiento en todo el territorio nacional.

(Ley 1098 de 2006, artículo 206)

4.

Comisión Intersectorial de la Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS. Es responsable de la coordinación y orientación interinstitucional, la implementación, el seguimiento y la evaluación de la Red UNIDOS y como instancia de coordinación y orientación superior entre los diferentes sectores involucrados en el desarrollo de la misma, en el marco del componente de Promoción Social del Sistema de Protección Social.

(Decreto 4719 de 2010, artículo 1°, modificado por el Decreto 1595 de 2011, artículo 1°)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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