º. Retención de la cuota , el comprador de fibra o semilla de algodón de producción nacional y el importador de fibra o hilaza de algodón o con mezcla de algodón, están obligados a retener y autorretener, respectivamente, el valor de la Cuota de Fomento Algodonero al momento de efectuar el pago correspondiente.
Decreto 1526 de 1996 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 1526 de 1996 · por el cual se reglamenta la Ley 219 de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.