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Artículo 32

Son Funciones Del Subjefe Administrativo: A) Suplir Las Faltas Accidentales Del Jefe Del Departamento, Cuando Este Así Lo Disponga

Decreto 1717 de 1960 · Por el cual se organiza el Departamento Administrativo de Seguridad

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Subjefe Administrativo

a)

Suplir las faltas accidentales del jefe del departamento, cuando este así lo disponga.

b)

Dirigir y coordinar las actividades de las Divisiones Administrativas.

c)

Responder ante el jefe del Departamento de todos los aspectos administrativos de la Entidad.

d)

Asesorar en asuntos administrativos al Jefe Administrativo.

e)

Revisar el ante-proyecto de presupuesto, con la asistencia del jefe de la División de Presupuesto y presentarlo a la Oficina de Análisis y Programación.

f)

Colaborar con la Oficina de Análisis y Programación en la preparación del proyecto de presupuesto del Departamento.

g)

Coordinar, con las entidades oficiales pertinentes, lo relacionados con el cumplimiento de las normas fiscales y las normas sobre presupuesto, desembolso, suministros y personal.

h)

Elaborar los reglamentos administrativos del Departamento y velar por el cumplimiento de sus disposiciones.

i)

Coordinar con el Subjefe Operativo el cumplimiento de las respectivas funciones.

j)

Mantener permanentemente informada a la Subjefatura Operativa sobre las circunstancias y posibilidades administrativas para el desarrollo de planes y actividades.

k)

Tramitar y llevar a la consideración del jefe del Departamento los contratos relacionados con los servicios de seguridad.

l)

Recibir y evaluar los informes periódicos de sus subalternos y rendir informes al Jefe del Departamento.

m)

Autorizar con su firma las resoluciones orgánicas, reglamentarias, o de carácter general, y los demás actos emanados de la Jefatura del Departamento que requieran esta formalidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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