º Cuando las asociaciones de los titulares de los derechos reconocidos por la Ley 23 de 1982 se organicen mediante el establecimiento de seccionales para las distintas regiones o ciudades del país, la Asamblea General ordinaria o extraordinaria estará integrada por los delegados que escoja la respectiva asamblea seccional. En los estatutos de la asociación se determinará el número de delegados que debe elegir cada asamblea seccional y el número de votos que a cada uno corresponde en la Asamblea General.
Decreto 2465 de 1986 →Vigente
Artículo 1
º Cuando Las Asociaciones De Los Titulares De Los Derechos Reconocidos Por La Ley 23 De 1982 Se Organicen Mediante El Establecimiento De Seccionales Para Las Distintas Regiones O Ciudades Del País, La Asamblea General Ordinaria O Extraordinaria Estará Integrada Por Los Delegados Que Escoja La Respectiva Asamblea Seccional
Decreto 2465 de 1986 · Por el cual se adiciona y modifica el Decreto 3116 de 1984
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.