Micelio

Artículo 5

Decreto 2045 de 1953 · Por el cual se crea una Comisión Revisora de las disposiciones vigentes sobre el servicio público de transporte

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto. La Comisión dispondrá hasta de tres meses, prorrogables por justa causa, para el total desempeño de sus labores; estará presidida por el Coordinador del Ministerio de Fomento y sesionará dos veces por semana durante cuatro horas a lo menos cada sesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2045 de 1953