Micelio

Artículo 1

A Partir Del 1° De Agosto De 1948, Suprimense Los Siguientes Cargos: Departamento De Gobierno Policía: El Secretario De La Subdivisión De El Banco: Dos Tenientes Segundos; Cuatro Sargentos; Un Sastre; Veinte Agentes; Tres Músicos De Primera Clase; Cuatro Músicos De Segunda Clase; Un Juez Departamental De Policía; Un Secretario; Sección Legal: El Secretario Del Abogado De Pobres De Ciénaga; Un Escribiente Del Abogado De Pobres De Santa Mata

Decreto 3121 de 1948 · por el cual se aprueba, en parte, el Decreto número 464 bis, de 1º de julio, de la Gobernación del Magdalena.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del 1° de agosto de 1948, suprimense los siguientes cargos: DEPARTAMENTO DE GOBIERNO Policía: El Secretario de la Subdivisión de El Banco: Dos Tenientes segundos; Cuatro Sargentos; Un Sastre; Veinte Agentes; Tres Músicos de primera clase; Cuatro Músicos de segunda clase; Un Juez Departamental de Policía; Un Secretario; Sección Legal: El Secretario del Abogado de Pobres de Ciénaga; Un Escribiente del Abogado de Pobres de Santa Mata. DEPARTAMENTO DE HACIENDA Secretaria de Hacienda: Una Mecanógrafa. Fábrica de Licores: Un Ayudante de Contabilidad. Supervigilancia de Rentas: Dos Motoristas de Lanchas: Un Práctico. Recaudación de Rentas: Un Auxiliar de la Colecturia de Ciénaga. DEPATAMENTO DE EDUCACION Dirección de Educación: Un Almacenista: Un Ayudante de la Sección de Extensión Cultural. cuyas funciónese adscriben al de la Sección Segunda. Escuelas Primarias: 20 plazas de Maestros nocturnos. Escuelas Complementarias: Tres Directores. Instituto de Bellas Artes: Un Asesor. Departamento de Higiene: Un Subdirector de Higiene: Un Dentista Escolar: Un Oficial de Kardex, cuyas funciones se adscriben a la Mecanografía. DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA Contraloría: Dos Visitadores: Un Ayudante; Dos Oficiales de Concentración.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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