Micelio

Artículo 3

º

Decreto 2793 de 1955 · Por el cual se autoriza la emisión de Bonos Nacionales Consolidados, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Con el objeto de garantizar el servicio oportuno de los Bonos, el Gobierno Nacional queda autorizado para extender a éstos el remanente del contrato de concesión de las salinas terrestres y marítimas, que actualmente tiene celebrado con el Banco de la República, que continuará vigente en las mismas condiciones actuales, y sin que exista novación. Además, los nuevos Bonos tendrán las garantías accesorias de los actuales "Bonos de Deuda Interna Nacional Unificada".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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