Micelio

Artículo 2.2.5.10.4.5

Medidas De Prevención Y Atención A Nivel Territorial

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Medidas de prevención y atención a nivel territorial . De conformidad con lo señalado en el artículo 13 de la Ley 2364 de 2024 en el término de un año contado a partir de la expedición de este capítulo, los departamentos y municipios deberán construir con la participación de las Mujeres Buscadoras y sus organizaciones programas de prevención, atención y protección a mujeres buscadoras que se incluirán en sus planes de desarrollo territoriales, para lo cual, en ejercicio de su autonomía e independencia y bajo el principio de colaboración armónica podrán articularse con el Departamento Nacional de Planeación para el diseño e implementación de dichos planes. Los departamentos y municipios podrán presentar un informe anual sobre la implementación de los programas de prevención, atención y protección a mujeres buscadoras ante los Comités Territoriales de Búsqueda, la Comisión Intersectorial del Sistema Nacional de Búsqueda y la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, como parte de los ejercicios de seguimiento y articulación interinstitucional.

Parágrafo

Los insumos derivados del diagnóstico de la política integral de búsqueda, los Planes Nacionales y Territoriales de Búsqueda, así como la información sobre violencias basadas en género y violencia por prejuicio contra mujeres buscadoras que recoja el RUMB, podrán ser considerados por las entidades competentes para el diseño e implementación progresiva y coordinada de instrumentos de política pública complementarios en el ámbito territorial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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