Micelio

Artículo 51

Celebración De La Audiencia

Decreto 955 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto Penal Aduanero

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Celebración de la audiencia. Llegados el día y hora de la audiencia, se dará lectura del pliego de cargos al auto de proceder y a las demás piezas del proceso que las partes soliciten. Inmediatamente después el juez interrogará personalmente al procesado acerca del hecho, antecedentes personales, condiciones de vida y en general sobre todo lo que conduzca a revelar su personalidad, y concederá la palabra, por una sola vez, al fiscal, al procesado y al defensor. Las partes podrán presentar resumen escrito de sus alegaciones al final de la audiencia y dentro de los tres días siguientes para lo cual los autos permanecerán en la Secretaría. La audiencia pública podrá celebrarse sin la presencia del procesado, a menos que se encuentre detenido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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