° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 28 de julio de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica, Fabio Villegas Ramírez.
Decreto 1251 de 1992 →Vigente
Artículo 2
Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 1251 de 1992 · Por el cual se revoca el Decreto número 1180 del 5 de julio de 1992 que confiere una comisión de servicios en el exterior al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y encarga de las funciones del Despacho del mencionado Ministro al Viceministro de Hacienda y Crédito Publico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.