Micelio

Artículo 3

Decreto 721 de 1982 · Por el cual se crea una comisión para poner en marcha el Proyecto Principal de Educación en América Latina y el Caribe

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero . La comisión creada en el artículo primero de este Decreto tendrá las siguientes funciones

a)

Determinar las medidas conducentes para la puesta en marcha en Colombia del "Proyecto Principal de Educación en América Latina y el Caribe.

b)

Establecer prioridades, modalidades y mecanismos de acción mediante los cuales se logre el efectivo desarrollo del Proyecto Principal en nuestro país.

c)

Evaluar y revisar periódicamente las actividades que se estén llevando a cabo con miras a cumplir los objetivos del mencionado Proyecto Principal.

d)

Los demás que la Comisión considere necesarias para el buen desempeño de su labor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 721 de 1982