Para ser Decano de la Facultad, se requiere ser profesional titulado en el área correspondiente en una Universidad de reconocido prestigio y haberse destacado en el campo académico, investigativo y profesional. Debe además, encontrarse ubicado en la categoría de Profesor Asociado o Titular, si pertenece al escalaron docente de la Universidad, o en caso contrario reunir méritos excepcionales de servicio en beneficio del país, en los campos profesional, cultural, o científico, y gozar de un reconocido prestigio nacional, cimentado a través de una actividad, en esos campos, no menor de ocho (8) años. De los Consejos de Facultad.
Decreto 3190 de 1981 →Vigente
Artículo 35
Para Ser Decano De La Facultad, Se Requiere Ser Profesional Titulado En El Área Correspondiente En Una Universidad De Reconocido Prestigio Y Haberse Destacado En El Campo Académico, Investigativo Y Profesional
Decreto 3190 de 1981 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 065 de 1981, expedido por el Consejo Superior sobre adopción del Estatuto General de la Universidad Industrial de Santander
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.