Escalafonamiento de Técnicos en el Cuerpo Administrativo. Los civiles con título de Técnicos Profesional o Tecnólogo Especializado que soliciten su incorporación como Suboficiales del Cuerpo Administrativo y sean aceptados, deberán realizar y aprobar un curso de orientación militar y llenar los demás requisitos que establezca el respectivo Comando de Fuerza. Aprobado el curso y satisfechos los demás requisitos, podrán escalafonarse con el grado de Cabo Primero en el Ejército y la Fuerza Aérea o Suboficial Tercero en la Armada.
El escalafonamiento de las personas a que se refiere este artículo requerirá en todos los casos de la aprobación del Comando de la Fuerza respectiva.