º . El Consejo Directivo de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional y del Consejo Directivo del Fondo de Inversión para la Paz tendrán las siguientes funciones: I . Consejo Directivo de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional
Formular a propuesta del representante legal, la política general del organismo, los planes y programas que, conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica del Presupuesto deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y a través de estos, al Plan Nacional de Desarrollo.
Formular, a propuesta del representante legal, la política de mejoramiento continuo de la entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.
Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por la administración de la entidad.
Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura que consideren pertinentes y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con lo dispuesto en sus actos de creación o reestructuración.
Aprobar el proyecto de presupuesto anual del respectivo organismo, de conformidad con las normas legales vigentes.
Someter a la aprobación del Gobierno Nacional la planta de personal de la entidad.
Aprobar el Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, de los recursos propios.
Fijar los lineamientos generales que guían la cooperación internacional técnica y financiera no reembolsable que el país otorgue o reciba, de conformidad con las políticas de cooperación que señale el Gobierno Nacional.
Delegar las funciones de su competencia que considere pertinentes en el Director General, de conformidad con las normas legales vigentes.
Darse su propio reglamento.
Aprobar los programas, proyectos y actividades de cooperación que Colombia adelante con otros países de similar o menor grado de desarrollo, que sean financiados con recursos del Fondo de Cooperación y Asistencia Internacional.
Definir el manejo y destino de los recursos del Fondo de Cooperación y Asistencia Internacional.
Decidir cuándo la totalidad o parte de los recursos del Fondo de Cooperación y Asistencia Internacional, podrán ser administrados por el Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo, Fonade. Las demás que le señale la ley, el acto de creación y los estatutos internos. II . Consejo Directivo del Fondo de Inversión para la Paz: 1. Definir las políticas, las estrategias y los procedimientos generales bajo los cuales operará administrativa y financieramente el Fondo. 2. Planear, administrar, coordinar, controlar y evaluar la ejecución de los programas y actividades del Fondo, de conformidad con lo dispuesto en este decreto, los reglamentos y con los indicadores de gestión y las pautas generales por él señaladas. 3. Asignar a los diferentes componentes y programas del Plan Colombia los recursos disponibles en el Fondo y, dentro de ellos, el porcentaje suficiente destinado a fortalecer el desarrollo de los proyectos de reforma agraria integral, conforme a lo previsto en el
del artículo 8º de la Ley 487 de 1998. 4. Señalar los criterios generales para la ejecución de los recursos del Fondo, la celebración de contratos y todas las actividades necesarias para el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creado. 5. Determinar las operaciones para cuya ejecución, el Consejero Presidencial para el Plan Colombia, requerirá de su autorización previa. 6. Adoptar los reglamentos internos del fondo que sean necesarios para su eficiente y eficaz gestión, especialmente el relacionado con la programación del gasto y ejecución de los recursos, conforme a la Ley Orgánica de Presupuesto. 7. Establecer los mecanismos de auditoría ex terna del fondo. 8. Velar porque se garantice la participación ciudadana en la ejecución de los recursos del fondo, de acuerdo con los mecanismos previstos en la legislación vigente. 9. Todas las demás funciones que deba ejercer como órgano de administración del fondo, necesarias para el eficaz y eficiente cumplimiento de sus objetivos.