Micelio

Artículo 2

Decreto 1124 de 1961 · Por el cual se adscribe al ICTEX la administración de un programa

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los fondos que destine el Ministerio de Gobierno para los programas a que se refiere este Decreto, pasarán al ICETEX para formar un fondo de propiedad del Ministerio de Gobierno, administrado por una Junta integrada así: El Ministro de Gobierno, o su representante; el Secretario General del Ministerio, o su representante, y el Director del ICETEX o su representante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1124 de 1961