Micelio

Artículo 24

Ley 15 de 1989 · por la cual se expiden normas sobre organización, financiamiento y control de los servicios de salud y asistencia pública, se reorganiza la Superintendencia de Seguros de Salud y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Superintendencia Nacional de Salud pondrá en conocimiento de los funcionarios competentes para declarar la caducidad de los contratos que celebren con entidades sometidas a su vigilancia, los hechos constitutivos de las causales consagradas en la ley o pactadas por las partes, para que aquellos, si las encuentran fundamentadas, procedan conforme lo establecido en el artículo 64 del Decreto extraordinario 222 de 1983 y normas que lo modifiquen y complementen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 15 de 1989