Finalidades de la vigilancia. La vigilancia tiene las siguientes finalidades
Velar porque los organismos comunales apliquen en todos sus trámites y actuaciones los principios que rigen la ley comunal, de acuerdo con lo señalado en los artículos 3° y 18 de la Ley 2166 de 2021.
Velar porque se respeten los derechos de los afiliados a los organismos comunales y cumplan con sus deberes.
Velar porque el organismo tenga sus estatutos actualizados.
Velar porque se conformen los cuadros directivos.
Velar por el cumplimiento de las funciones de los distintos órganos del organismo comunal.
Velar porque los procesos que tengan a su cargo los organismos comunales se realicen de acuerdo con el procedimiento establecido y respetando los derechos de los afiliados.
Velar por la conservación del patrimonio del organismo comunal.
Velar porque el organismo tenga un plan de trabajo anual para cada órgano.
Velar porque los diferentes órganos de los organismos comunales rindan informes semestrales de gestión a sus afiliados.
Promover actividades con los afiliados, encaminadas a sensibilizarlos para que participen activamente en el mejoramiento del organismo.
Las demás que le sean asignadas por la Constitución y la ley.