Artículo 2º Con base en el curso de qué trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:
Presupuesto de funcionamiento.
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Deuda Pública Nacional.
Deuda Interna
Documentos a la orden.
Pagarés a favor del Banco de la República para consolidar parte de la deuda pública de la Nación.
510. Artículo 4530-A. Amortización y pago de intereses al 3.5% anual, de los pagarés expedidos a favor del Banco de la República por concepto de consolidación de parte de la Deuda Pública Interna de la Nación, de conformidad con el contrato celebrado el 14 de febrero de 1961 y en virtud de las facultades otorgadas al Gobierno Nacional por la Ley 130 de 1959 y el Decreto 2241 de 1960, así:
Pagarés a favor del Fondo de Estabilización.
510. Artículo 4530-A. Amortización y pago de intereses al 5.3% anual, de los pagarés expedidos a favor del Fondo de Estabilización por concepto de Algunos arreglos de parte de la deuda pública interna de la Nación, de conformidad con el contrato celebrado el 15 de febrero de 1961, y en virtud de las facultades otorgadas al Gobierno Nacional por la Ley 130 de 1959 , y el Decreto 2241 de 1960, así:
Pagarés a favor del Banco de la República.
510. Artículo 4530 C. Amortización y pago de intereses al 3.5% anual de los pagarés expedidos a favor del Banco de la República por concepto del arreglo de parte de la deuda pendiente entre la Nación y Acerías Paz del Río S. A., de conformidad con el contrato de fecha 15 de febrero de 1961, y en virtud de las facultades otorgadas al Gobierno Nacional por la Ley 130 de 1959 y Decreto 2241 de 1960, así: