Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1733 de 1964 · Por el cual se determinan la estructura y funciones de los organismos de comercio exterior, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Composición . Créase la Junta de Comercio Exterior, cuya composición será la siguiente: El Ministerio de Hacienda, quien la presidirá. El Ministro de Relaciones Exteriores. El Ministro de Agricultura. El Ministro de Fomento. El Jefe del Departamento Administrativo de Planeación, y El Gerente de la Federación Nacional de Cafeteros.

Parágrafo

El Superintendente de Comercio Exterior y uno de los miembros de la Junta de Importaciones designado por la junta de Comercio Exterior, actuarán como asesores permanentes de ésta última en el estudio y discusión de los asuntos técnicos que sean, de su competencia, para lo cual gozarán de derecho a voz en las deliberaciones de la Junta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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