VALOR BASICO DEL BONO -BC-. El valor básico del bono es aquella suma que, capitalizada desde la fecha de corte, FC, hasta la fecha de referencia, FR a la tasa de interés técnico señalada por el decreto 1314 de 1994 y adicionada con el valor futuro de los aportes, llegue a ser igual a la reserva actuarial del ISS, calculada a una tasa real del 5,5% efectivo anual. Para calcularlo se utilizará la siguiente fórmula: Si la fórmula anterior conduce a un valor negativo, no habrá lugar a bono. Tampoco habrá lugar a bono para quienes fueron servidores públicos no afiliados al ISS, pero que al momento de entrar en vigencia el Sistema General de Pensiones estaban afiliados al ISS o estaban laboralmente inactivos. A estas personas el ISS les reconocerá la pensión o indemnización sustitutiva correspondiente teniendo en cuenta todo su tiempo de servicios, y cobrará a los empleadores del sector público las cuotas partes pensionales a que haya lugar.
El ISS calculará las reservas actuariales de sus afiliados beneficiarios de bonos tipo B, a la tasa real del 5,5% efectivo anual. Si el afiliado, con anterioridad a su vinculación con el empleador o empresa que asumía directamente el pago de sus pensiones, obligada al pago de la reserva actuarial, hubiere estado vinculado a una caja, fondo o entidad del sector público, tendrá derecho a que su tiempo de servicios sea reconocido en un bono tipo B, siempre que el traslado al ISS se hubiere hecho en fecha posterior al 31 de marzo de 1994. Para la expedición del bono se tendrá en cuenta el tiempo reconocido por el título pensional como si hubiera sido cotizado al ISS.
El valor básico del bono BC se entiende disminuido en la cuota parte que corresponda al ISS, lo cual se hará constar al señalar el tiempo de cotización o de servicio utilizado para el cálculo del bono.