Decoro, honestidad, dignidad e integridad profesional. El ingeniero deberá ejercer tanto la profesión como las actividades que de ella se deriven con decoro, honestidad, dignidad e integridad. Para tal efecto deberá cumplir los siguientes preceptos
Abstenerse de prestar sus servicios a personas, entidades u organizaciones, a sabiendas de que serán utilizados para un fin que atente contra la Constitución, Ias normas legales, la seguridad del Estado o las buenas costumbres;
Abstenerse de emitir conceptos sobre trabajos profesionales en los que haya tenido injerencia, participación o conocimiento, sin advertir previa y expresamente esas circunstancias;
Proceder con transparencia, objetividad e imparcialidad cuando estudie las propuestas de una licitación o concurso;
Actuar con diligencia y cuidado en el ejercicio de la profesión, de acuerdo con sus principios científicos técnicos.