Micelio

Artículo 60

De Las Comisiones De Servicio Para Desempeñar Cargos Discrecionales

Decreto 413 de 1980 · Por la cual se reglamenta la carrera del Funcionario de Seguridad social del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 60. De las comisiones de servicio para desempeñar cargos discrecionales. De conformidad con lo establesido en el articulo 39, literal d) del decreto-ley 1651-1977, los funcionarios escalafonados que sean nombrados en un empleo discresional podrán desempeñar dicho empleo decomision de servicio otorgada por la autoridad competente, siempren que reunan los requisitos minimos exigidos para el mismo empleo. El funcionario que se desempeñe en comoicion de servicio un cargo discrecional tendrá derecho a persivir, mientras dure la comicion, la remuneración señalada para dicho empleo. Si el empleo del cual estipular tuviera una remuneración superior ala fijada para el empleo, que va a desenmpeñar en comisión seguirá persibiendo la remuneración superior.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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