Micelio

Artículo 27

Ley 16 de 1936 · por la cual se dictan varias disposiciones sobre bancos, ahorros, crédito hipotecario y bolsas de valores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para el efecto de hacer constar los linderos de las finca en donde se encuentren los bienes dados en prenda agraria o industrial, bastará que en los documentos respectivos se cite la matrícula o el título correspondiente en la forma indicada en el último inciso del artículo 7º de la Ley 24 de 1921 , tal como queda reformado por el artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 16 de 1936