Dirección de Desarrollo Organizacional. Son funciones de la Dirección de Desarrollo Organizacional, las siguientes
Contribuir a la formulación de políticas en materia de organización y gestión administrativa de los sectores y las entidades y organismos que conforman la Rama Ejecutiva del Poder Público.
Orientar el desarrollo de modelos organizacionales e instrumentos administrativos tendientes a mejorar la funcionalidad y modernización de las entidades y organismos públicos, y velar por la armonización de las reformas administrativas con las necesidades de la planeación económica y social.
Emitir concepto técnico sobre los proyectos de estatutos, estructuras administrativas y plantas de personal de las entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional.
Enviar a las instituciones de Educación Superior información sobre los cargos a proveer en la Administración Pública y los requisitos exigidos para desempeñarlos.
Adelantar estudios y diagnósticos organizacionales y recomendar los ajustes a la organización interna de las entidades, relacionadas con la distribución de competencias de las dependencias o con la supresión, fusión o creación de unidades administrativas.
Preparar el Manual de la Estructura del Estado para su adopción por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública y mantenerlo actualizado.
Identificar las actividades obsoletas y las funciones que estén en colisión con otros organismos y entidades, que hubieren sido asignadas al nivel territorial o que no correspondan al objeto legalmente establecido de las entidades y proponer los correctivos a que haya lugar.
Brindar asistencia técnica a las entidades de la Rama Ejecutiva del poder público en los órdenes nacional y territorial, en la adopción de estatutos, estructuras organizacionales, plantas de personal, manuales de funciones y de requisitos
Preparar los proyectos de ley y reglamentos propios del ámbito de su competencia y someterlos a consideración del Director del Departamento.
Vigilar el cumplimiento de la legislación que establece igualdad de condiciones laborales, con especial cuidado a que se haga efectivo el principio de igual remuneración para trabajo igual.
Adelantar en coordinación con la Dirección General de Políticas de Administración Pública estudios sobre los regímenes salariales y prestacionales del sector público y sus implicaciones en términos del gasto agregado y comparabilidad de los regímenes.
Elaborar estudios y diagnósticos institucionales y sectoriales y recomendar los ajustes a la organización interna de las entidades, relacionados con la distribución de sus competencias, o con la supresión, creación o fusión de unidades administrativas.
Realizar en coordinación con las áreas correspondientes el análisis y seguimiento de las implicaciones, de los acuerdos y disposiciones de la Organización Internacional del Trabajo y demás organismos superiores que incidan en las disposiciones en materia salarial y prestacional que involucren a empleados públicos, y su adopción dentro de la normatividad nacional.
Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.