Todos los proyectos de formación en lenguas que se presenten en el territorio nacional, tanto de organizaciones o entes públicos como privados, deberán registrarse ante la Comisión Asesora de la PPNM, con el fin de realizar el debido seguimiento, acompañamiento y evaluación del cumplimiento de los objetivos propuestos en estos proyectos desde el componente técnico.
Estos proyectos deberán seguir los lineamientos de calidad establecidos por la presente ley, la Comisión Asesora de la PPNM y el Ministerio de Educación Nacional.