Cuando Se Identifique Durante La Recepción De La Solicitud, La Vulnerabilidad O Las Necesidades Especiales De Un Solicitante, Este Tendrá Prioridad En Los Procedimientos De Recepción, Registro Y Análisis De Su Caso
Decreto 4503 de 2009 · por el cual se modifica el procedimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado, se dictan normas sobre la Comisión Asesora para la determinación de la condición de refugiado y se adoptan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Cuando se identifique durante la recepción de la solicitud, la vulnerabilidad o las necesidades especiales de un solicitante, este tendrá prioridad en los procedimientos de recepción, registro y análisis de su caso. Las categorías de solicitantes vulnerables o con necesidades especiales a que se refiere el presente artículo corresponden a
a)
Personas que evidentemente se encuentran en necesidad de protección;
b)
Víctimas de torturas o personas que experimentan traumas;
c)
Mujeres con necesidades especiales;
d)
Menores de edad;
e)
Los solicitantes adultos mayores;
f)
Los solicitantes con discapacidad;
g)
Los solicitantes requeridos de asistencia médica.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.