Los profesionales con título universitario al servicio del Ramo de Guerra, que sean retirados sin justa causa, tendrán derecho a la pensión de jubilación inmediatamente, si han cumplido veinte años de servicio continuo o discontinuo en dependencias oficiales, cualquiera que sea su edad.
Ley 70 de 1962 →Vigente
Artículo 2
Ley 70 de 1962 · por la cual se aclaran los artículos 90 y 92 de la Ley 126 de 1959.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.