º Las facturas correspondientes a los inquilinatos se liquidarán de la siguiente manera: El consumo total del inquilinato se dividirá por el número de núcleos familiares independientes que lo habiten con el propósito de encontrar el consumo familiar promedio, el cual se liquidará con las tarifas vigentes. El valor resultante se multiplicará por el número de familias que habiten el inquilinato y al resultado se le sumará el cargo fijo correspondiente al estrato socio-económico en que se encuentre ubicado el inmueble a fin de obtener la factura total del inquilinato.
Decreto 394 de 1987 →Vigente
Artículo 8
º Las Facturas Correspondientes A Los Inquilinatos Se Liquidarán De La Siguiente Manera: El Consumo Total Del Inquilinato Se Dividirá Por El Número De Núcleos Familiares Independientes Que Lo Habiten Con El Propósito De Encontrar El Consumo Familiar Promedio, El Cual Se Liquidará Con Las Tarifas Vigentes
Decreto 394 de 1987 · por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 3069 de 1968 y 149 de 1976 y se establece una estructura nacional de tarifas para los servicios de acueducto y alcantarillado.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.