Micelio

Artículo 76

Determinación De La Probabilidad De Continuación O Reiteración Del Daño

Decreto 1750 de 2015 · por el cual se regula la aplicación de derechos “antidumping”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Determinación de la probabilidad de continuación o reiteración del daño . En los exámenes y revisiones realizados de conformidad con lo previsto en el anterior capítulo, la autoridad investigadora determinará si existe la probabilidad de que la supresión de un derecho impuesto o la terminación de la aceptación de un compromiso de precios, provoque la continuación o la reiteración de un daño importante en un término razonablemente previsible. Para este efecto, la autoridad investigadora tomará en consideración, entre otros, los siguientes factores

1.

El volumen real o potencial de las importaciones.

2.

El efecto sobre los precios y los posibles efectos de las importaciones objeto del derecho definitivo o de la aceptación de compromisos de precios sobre la rama de producción nacional en caso de suprimirse o darse por terminados.

3.

Las mejoras que ha originado el derecho impuesto o los compromisos de precios en el estado de la rama de producción nacional.

4.

Si la rama de producción nacional es susceptible de daño importante en caso de suprimirse el derecho impuesto o darse por terminados los compromisos de precios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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