° El Secretario del Instituto tendrá las funciones que le señalen los reglamentos del mismo, y que expresamente le asignen la Junta Directiva y el Gerente. Sera también Secretario de la Junta Directiva.
Decreto 448 de 1956 →Vigente
Artículo 9
El Secretario Del Instituto Tendrá Las Funciones Que Le Señalen Los Reglamentos Del Mismo, Y Que Expresamente Le Asignen La Junta Directiva Y El Gerente
Decreto 448 de 1956 · Por el cual se crea el Instituto Colombiano de Asuntos Nucleares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.