Dirección para la Autonomía Económica de las Mujeres. Son funciones de la Dirección para la Autonomía Económica de las Mujeres, las siguientes
Adoptar y ejecutar políticas, planes, programas y proyectos orientados a fomentar la autonomía económica de las mujeres.
Diseñar, ejecutar y hacer seguimiento a estrategias de cualificación laboral de las mujeres, en coordinación con el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y las demás entidades competentes.
Articular acciones intersectoriales e interinstitucionales públicas y privadas, orientadas a facilitar el impulso económico y acceso a servicios financieros para las mujeres en su diversidad.
Analizar y presentar propuestas normativas, en coordinación con la Oficina Jurídica, asociadas a temas de competencia de la Dirección.
Promover, adelantar análisis, estudios e investigaciones en temas de su competencia, en coordinación y articulación con la Oficina de Saberes y Conocimientos Estratégicos, siguiendo los lineamientos institucionales, técnicos y normativos fijados por el Ministerio.
Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dirección.