Micelio

Artículo 241

Modificaciones Y Aval Fiscal Para Asociaciones Público-Privadas

Ley 1753 de 2015 · por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El inciso 4° del artículo 26 de la Ley 1508 de 2012 quedará así:

“El aval fiscal que emita el Confis para la ejecución de un proyecto de asociación público-privada (APP) en el que el contrato no esté debidamente perfeccionado, no podrá ser objeto de reconsideración del Confis cuando se exceda el 10% del valor inicialmente aprobado. No obstante, en casos excepcionales a solicitud del ministro del ramo, previa motivación y justificación suscrita por el jefe de la entidad solicitante, el Confis podrá evaluar una nueva propuesta del proyecto en los términos establecidos en la presente ley”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1753 de 2015