º En desarrollo del
Parágrafo 4
del artículo 19 de la Ley 9ª de 1991, corresponde al Comité Nacional de Cafeteros determinar la forma en que se hará exigible dicha retención.
En Desarrollo Del Parágrafo 4º Del Artículo 19 De La Ley 9ª De 1991, Corresponde Al Comité Nacional De Cafeteros Determinar La Forma En Que Se Hará Exigible Dicha Retención
Decreto 282 de 1992 · por el cual se fija la retención cafetera.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º En desarrollo del
del artículo 19 de la Ley 9ª de 1991, corresponde al Comité Nacional de Cafeteros determinar la forma en que se hará exigible dicha retención.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.