El Juzgado Superior del Distrito de Quibdó tendrá su residencia en Quibdó, y el siguiente personal y asignaciones mensuales: Un Juez $ 385.00 Un Secretario 262.50 Un Portero Escribiente 131.25
Decreto 60 de 1948 →Vigente
Artículo 14
El Juzgado Superior Del Distrito De Quibdó Tendrá Su Residencia En Quibdó, Y El Siguiente Personal Y Asignaciones Mensuales: Un Juez $ 385
Decreto 60 de 1948 · Por el cual se reglamenta la Ley 13 de 1947, que crea el Departamento del Chocó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.