Micelio

Artículo 64

Bases Gravables Y Responsables

Ley 49 de 1990 · por la cual se reglamenta la repatriación de capitales, se estimula el mercado accionario, se expiden normas en materia tributaria, aduanera y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónase al Estatuto Tributario con los siguientes artículos:

“Artículo 462-1. Base gravable en el impuesto al cine . La base gravable para liquidar el impuesto sobre el servicio de exhibición cinematográfica, será el valor del derecho de ingreso a la exhibición, deduciendo lo pagado por concepto de los siguientes impuestos:

a)

El impuesto de fomento al deporte de que trata la Ley 30 de 1971 ;

b)

El impuesto de espectáculos públicos de que trata la Ley 33 de 1968 ;

c)

El impuesto con destino al fondo de pobres de que trata la Ley 97 de 1913 .

Dentro del valor al público de la boleta, se presume incluido el impuesto”.

“Artículo 443-1. Responsable en el impuesto al cine . En el servicio de exhibición cinematográfica serán responsables del impuesto, quienes con fines comerciales exhiban películas cinematográficas”.

Adiciónase el artículo 615 del Estatuto Tributario, con el siguiente parágrafo:

“Parágrafo. La boleta de ingreso a las salas de exhibición cinematográfica constituye el documento equivalente a la factura”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 49 de 1990