Créanse las siguientes subpartidas en el Arancel de Aduanas, con la descripción y gravamen que a continuación se señalan: Nandina Descripción Grav. (%) 2931.00.30.00 -Glyfosato (ISO) (N-(fosfonometil) glicina) 0 3823.90.95.00 -Ácido fosfórico, sin aislar, incluso en concentración con contenido inferior o igual al 54% en peso de P205 5 4016.99.70.00 -Bandas extrudidas, moldeadas y vulcanizadas para recauchutar. 20 4811.90.80.00 -Papel y cartón absorbentes, decorados o impresos, sin impregnar, del tipo de los utilizados para la fabricación de laminados plásticos decorativos 10 8421.29.40.00 -Filtros tubulares de rejilla para pozos de extracción 15
Decreto 1515 de 1995 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1515 de 1995 · por el cual se introducen algunas modificaciones al Arancel de Aduanas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.