Artículo sexto . Los Gobernadores, Alcaldes, entidades oficiales y semioficiales deberán suministrar a las Comisiones toda colaboración y el personal auxiliar que necesiten transitoriamente, así como las oficinas, vehículos y elementos de escritorio que requieran para el cumplimiento de sus funciones.
Decreto 2365 de 1958 →Vigente
Artículo 6
Decreto 2365 de 1958 · Por el cual se crean las Comisiones Seccionales de Rehabilitación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.