Micelio

Artículo 8

Ley 61 de 1978 · Ley Orgánica del Desarrollo Urbano

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para incrementar los recursos financieros que demande el desarrollo urbano planificado del país, se crearán las estructuras necesarias para operar un mercado secundario de hipotecas y se adecuarán las normas que rigen al Banco Central Hipotecario, al Instituto de Crédito Territorial y al Instituto de Fomento Municipal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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