º. En el momento de la apertura de la "Cuenta de Ahorro Especial", que quedará a nombre del ahorrador, se firmará una promesa de compra-venta de una vivienda dentro del plan que la Corporación esté financiando, en la cual quedarán estipulados todos los pormenores de la transacción y compromisos por parte de la Corporación del futuro adquiriente de la vivienda y del constructor o promotor del plan de acuerdo con la reglamentación que establezca la Superintendencia Bancaria.
Decreto 880 de 1982 →Vigente
Artículo 8
º
Decreto 880 de 1982 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con el funcionamiento de las Corporaciones de Ahorro y Vivienda y se adiciona el artículo 2º del Decreto 1084 de 1981.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.