Fíjanse los siguientes precios para las materias primas que vende la Nación en las salinas de Cundinamarca, por cada doce y medio kilogramos (12 ½):
Zipaquirá y Nemocón.
Tausa.
Gachetá.
Cumural y Upín.
Zipaquirá Y Nemocón
Ley 44 de 1910 · Por la cual se adoptan algunas disposiciones sobre la explotación de las Salinas y se fijan los precios de la sal
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Fíjanse los siguientes precios para las materias primas que vende la Nación en las salinas de Cundinamarca, por cada doce y medio kilogramos (12 ½):
Zipaquirá y Nemocón.
Tausa.
Gachetá.
Cumural y Upín.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.