Micelio

Artículo 4

Programa De Enajenación

Decreto 1288 de 1992 · por el cual se reglamenta la enajenación de las acciones y bonos convertibles en acciones que la Nación u otras entidades públicas poseen en instituciones financieras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Programa de enajenación. Teniendo en cuenta la propuesta del Fondo y cualquier otro factor de información que juzgue conveniente, el Gobierno Nacional mediante decreto ejecutivo aprobará, en cada caso, los procedimientos, términos y condiciones de enajenación de las acciones y bonos respectivos. Aprobado el programa, el Fondo de Garantías podrá ejecutarlo si la Nación así se lo solicita, en desarrollo del contrato celebrado con el Fondo según lo previsto en el artículo primero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1288 de 1992